viernes, junio 02, 2006

La función judicial en las sociedades democráticas contemporáneas

La ley se utiliza cada vez más para disciplinar comportamientos y también para adelantar y guiar el desarrollo social y económico, lo que se define como la concepción instrumental y promocional del derecho, entendido como medio activo de cambio social y de gestión de políticas públicas, con el resultado de involucrar también a los tribunales en estas tareas.

El crecimiento cuantitativo de la esfera jurídica va acompañado de un cambio cualitativo. Para afrontar la complejidad de los nuevos sectores de intervención, el legislador recurre a disposiciones generales, que establecen vínculos mucho más débiles que antes con la interpretación y que, de hecho, delegan poder de decisión en el juez. No es raro, además que los objetivos perseguidos se incorporan al texto legislativo, convirtiéndose en auténticas normas de derecho positivo.

Aunque la indicación explícita de la finalidad a alcanzar puede considerarse como un contrapeso del poder delegado al juez, sus consecuencias siguen siendo, sin embargo, la de modificar el estilo de razonamiento jurídico y, especialmente, la lógica que guía las decisiones. Mientras el juez antes era llamado sobre todo a decidir con la mirada vuelta hacía el pasado, hoy se le pide con frecuencia que escoja, respecto a las posibilidades, alternativas que explícitamente se le han dejado abiertas.

De una manera, si se quiere obvia, allí donde hay una ley hay también un juez que en cualquier momento puede verse investido de la tarea de interpretarla y de aplicarla. En realidad, este tema no es nada banal. Como se ha visto, a través de la sentencia un simple enunciado normativo se convierte en una verdadera y auténtica norma de derecho positivo, al menos para las partes implicadas, que están obligadas a respetarlas, y no hay que olvidar que la decisión del juez suele tener consecuencias que van más allá de los intereses normalmente representados en el juicio.

Sobre la base de los cambios que se han generado en el Poder Judicial hasta ahora, queda claro que los límites entre jurisdicción, legislación y administración tienden a diluirse. El hecho de que el juez sea también un legislador es una realidad evidente, aun cuando sólo sea sutilmente por los distintos operadores jurídicos.

Los ámbitos de discrecionalidad de que dispone y las mismas características del procedimiento de decisión le llevan de hecho a participar en la formulación de las políticas públicas. Igualmente, se ha visto que hoy es más difícil distinguir entre jurisdicción y administración, sobre todo en lo que se refiere al impacto producido por las sentencias. Desde este punto de vista, la versión tradicional de la doctrina de la separación de poderes ya sufre una erosión visible.

La importancia social y política de la justicia debe ya computarse entre las características que comparten todas las democracias, aunque se manifiesten en formas diferentes, y sobre todo, con diferente intensidad.

Se trata, sin duda, de un fenómeno ligado a las transformaciones, observable en las ideas y en las actitudes hacia la justicia, pero que está vinculado a la nueva relación entre estado y sociedad, provocada por la decadencia del tradicional laissez-faire y por el rápido desarrollo del estado de bienestar. De manera que es difícil captar a fondo el papel asumido por la justicia sin considerar los entramados institucionales propios de los regímenes democráticos.

En la familia de las democracias existen diferencias significativas en cuanto al modo de ejercer y, sobre todo, de repartir el poder entre los distintos componentes del sistema político. Son diferencias nada secundarias para el discurso que afrontamos, dado que incide sobre la posición del Poder Judicial y sobre el tipo de relaciones que mantienen la magistratura con las otras instituciones.

Para el tema que nos interesa ahora, las democracias comparten en todo caso una característica fundamental: la independencia del juez, o sea, un conjunto de garantías destinadas a asegurar si imparcialidad respecto a las partes en causa y respeto a las otras instituciones políticas, y a proteger las libertades de los ciudadanos. Y la justicia depende también, aunque no sólo, de las garantías que rodean a los que administran.

Asumamos, bajo reserva, los planteamientos de algunos ilustres juristas e historiadores que han planteado que aunque en regímenes autoritarios como los de Trujillo, Franco, Pérez Jiménez o Pinochet, etc., la magistratura ha gozado de “cierta autonomía”, mas o menos acentuada, de la independencia institucional de la magistratura hay que considerar como una de las características propias sólo de las democracias.

Por otra parte, concluyamos que la independencia constituye una condición imprescindible, pero por si sólo no suficiente para tener un poder judicial imparcial

15 Comments:

At 6:59 a. m., Anonymous Anónimo said...

Siendo uno de los fines del derecho la justicia, además de la paz y la seguridad. Corresponde a la justicia dar a los ciudadanos la seguridad, mediante la solución oportuna de los conflictos para que estos no se eternicen en los tribunales. Estableciendo para ello los principios constitucionales que consagran los valores de la civilización contemporánea, basados en los derechos humanos, el bien común, giándose de las leyes ordinarias.

Por otra parte, la paz implica seguridad y justicia y por tanto vida y convivencia con respecto a los derechos humanos, dignidad. Es necesario que aún cuando no estemos de acuerdo, podamos convivir sin necesidad de agredirnos unos a otros.

Si queremos la paz debemos colaborar para que la justicia sea un hermosa realidad. Ya que sin justicia no hay democracia, ella es la base de sustentación de ésta; por tanto los jueces tienen un papel preponderante en el cumplimiento de su función, por lo que no deben aceptar presiones ni amenazas y ejerciendo su ministerio con independencia para que los ciudadanos no se sientan desprotegidos y tengan confianza en el sistema de justicia, aún cuando exista cierta desorganización en el Estado para el cumplimiento de sus fines.

La imparcialidad del Poder Judicial requiere que sus miembros no estén ligados a ninguna facción política, pues en la medida en que se es militante político la imparcialidad está condicionada a los intereses cuando estos estén en juego en la administración de justicia.

Semíramis Olivo de Pichardo

 
At 11:28 a. m., Anonymous Anónimo said...

Las sociedades demócratas actualmente se caracterizan por el control que puede ejercer el pueblo en sus instituciones y además porque cada vez mas se exige a los gobiernos el respeto a los derechos fundamentales, o la aplicación de políticas dirigidas a favorecer la mayoría, un comportamiento correcto de los funcionarios públicos y, dentro de ese ámbito, los jueces son llamados a cumplir un rol ejemplar en su desempeño, de esto va a depender el quilibrio de lasfuerzas que intervienen en una sociedad moderna, cada vez, se le exige a los jueces que actúen con transparencia que procuren con sus decisiones hacer un aporte en contra de los malos que por mucgo tiempo han minado las bases de la sociedad, como es la impunidad y la corrupción.

 
At 1:06 p. m., Anonymous Anónimo said...

Las sociedades demócratas actualmente se caracterizan por el control que puede ejercer el pueblo en sus instituciones y además porque cada vez mas se exige a los gobiernos el respeto a los derechos fundamentales,la aplicación de de politicas dirgidas a favorecer la mayoría, un comportamiento correcto de los funcionarios públicos y, dentro de ese ámbito los jueces son llamados a cumplir un rol ejemplar en su desempeño, de esto va a depender del equilibrio de las fuerzas que intervienen en una sociedad moderna, cada vez, se le exige a los jueces que actúen con transparencia, que procuren con sus decisiones a hacer un aporte en contra de males como la impunidad y la corrupción.
Rosario Antonio Arache

 
At 12:56 p. m., Anonymous Anónimo said...

Desde el nacimiento de nuestro “nuevo poder judicial”, los tribunales dirigidos por jueces tomaron un nuevo rol.

El juez imparcial independiente se convierte en intérprete de la ley al crear jurisprudencia. La creación de la elección de los jueces a través de la Escuela Nacional de la Magistratura nos permite asegurar libertad de criterio en sus desiciones y nos da garantía de que se esta aplicando y administrando justicia a lo que ayuda fortalecer la democracia en un camino hacia una verdadera independencia de los poderes del Estado

Dra. Cintia Alvarado
Matricula: 2005-8210

 
At 4:06 p. m., Anonymous Anónimo said...

Debemos partir de varios presupuestos : 1-de vivir en democracia, 2-que en una democarcia debe haber un check and balance. pero que pasa cuando no se da ese control recíproco?. que lentamente Las sociedades se van convirtiendo en timocracias por lo que sehace obligatorio exigirle al poder que debe ser atque divinarum et humanum , el poder judicial a exigir a los gobiernos el respeto a los derechos fundamentales,la aplicación de de politicas inclusivas dirgidas a favorecer la mayoría y cumplir con ese compromiso que asumen al jurar cumpir y hacer cumpir la constitucion y las leyes de la republica, sin injusticias ni privilegios y con mano firme contra la corrupción y demás delitos administrativos.
Néstor Saviñón 2005-8054

 
At 12:31 p. m., Anonymous Anónimo said...

LA FUNCION JUDICIAL EN LAS SOCIEDADES DEMOCRATICAS DOMINICANAS

El reconocimiento y defensa de que existe realmente una separación entre los poderes del Estado, es por sí mismo, un logro que gracias a las sociedades demócráticas podemos hoy celebrar. Así, con la designación a cada uno de los poderes de lo que va a ser su papel en la sociedad, se asegura un futuro promisorio.
En este sentido, quedando a cargo del poder legislativo la elaboración de leyes que regulen la vida en sociedad y reconozcan las necesidades de la misma, para que posteriormente dichos postulados cobren vida, de manera que el poder judicial, a cargo de jueces imparciales e independientes, garanticen, interpreten y escojan dentro de ese amplio menú, la solución más favorable para la disputa en cuestión. De manera que con la existencia de un poder judicial independiente e imparcial, queda bajo la sombra de la historia, la idea de que en esta maravillosa isla, solo con la fuerza absoluta y la autoridad los conflictos pueden encontrar solución.

Anné Gómez Castillo.-

 
At 10:11 p. m., Anonymous Anónimo said...

Indiscutiblemente que la Ley sirve para disciplinar comportamientos y también para adelantar y guiar el desarrollo social y económico de los pueblos, puesto que es sin lugar a dudas el marco referencia en el cual deben desenvolverse todos los elementos que de otra forma interactuamos en el medio social. Una sociedad sin Ley, una sociedad en donde no se respeten las reglas, estaría definitivamente condenada al caos y la anarquía. En este escenario no puede faltar la figura del Juez como aplicador e interprete de la Ley, en el caso de que la misma sea violada, y para disuadir a aquellos que se vean inclinados a irrespetarla.

Es también cierto, que a partir del reconocimiento de la Constitución como una norma directamente aplicable por el Juez, junto con los tratados y normativas internacionales (marco referencial y conformador de toda la legislación adjetiva), los límites entre jurisdicción, legislación y administración tienden a diluirse, sobre todo por el hecho que el juez al interpretar la ley y establecer su conformidad o no con la Constitución y demás componentes del denominado bloque de constitucionalidad, actúa como un legislador, que ciertamente participa en la formulación de políticas públicas.

Matrícula No. 2005-862

 
At 1:50 a. m., Anonymous Anónimo said...

Como sustento a la democracia se dispone la división de poderes en donde cada uno actué con respeto e independencia del otro, con la finalidad de procurar un estado firme en el cual dichos poderes contribuyan al desarrollo y bienestar de la sociedad. En tal sentido el Poder Judicial tiene la misión de administrar justicia, consolidar la paz social y el desarrollo de la democracia, por lo que se hace necesario que dicho poder goce de total independencia y cuente con jueces que no tengan más influencia que la de la aplicación del buen derecho pueda proporcionarle, actuando en tal sentido en respuesta a lo que la sociedad espera.

En cuanto al papel del juez no se debe vislumbrar como un simple aplicador de la ley, ya que también es un interpretador de la ley y al dásele la facultad de controlar la constitucionalidad de las leyes, es un ente garantizador de que el legislador (que indudablemente es político) no se aparte de los lineamientos que debe normalizar (sin que se entienda como una intromisión en las funciones legislativas) y de esta forma garantizar el equilibrio jurídico de la sociedad.

 
At 11:57 a. m., Anonymous Anónimo said...

Es imprescindible otorgar el justo valor de las decisiones de los jueces en la sociedad en que nos desarrollamos, ya que las mismas son las que crean las corrientes por las cuales se guían las nuevas tendencias que pudieren modificar el estilo del ordenamiento jurídico, y con ellas mismas las reglas de derecho van adecuándose a los tiempos, es decir son estas parte de esencial de los elementos que hacen que el derecho sea un derecho viviente, reflejo real de las sociedades.

Maria Cesarina Peralta

 
At 2:12 p. m., Anonymous Anónimo said...

Podemos decir que las sociedades se caracterizan por la organización que presentan en distintas áreas, lo que se logra solamente a través de normas, reglas...de leyes en general. Sin embargo, como ya he puntualizado en otros comentarios, percibo que la función de las leyes en la sociedad se está saliendo de control, y es que más que dotar a las leyes existentes de una “fuerza ejecutoria” para que efectivamente sean cumplidas por los ciudadanos y cumplan asimismo con su razón de ser. Se está desatando una promiscuidad en la actividad legislativa que avergüenza, claro está sin menospreciar las excepciones. Aquí entra oportunamente la función judicial cuando crea derecho; en el momento en que el juez tiene una ley en sus manos se crea una línea divisoria muy frágil que le permite interpretarla y aplicarla con miras a crear derecho, con una visión normativa que desemboca en un impacto supralitigioso, más allá de un caso particular. De este postulado se infiere que la división de poderes es cada vez menos notoria, a pesar de que cada uno de ellos mantiene su independencia frente a los demás y frente a otras fuerzas, entre las que podemos mencionar el Poder Electoral.

Cabe decir que en las sociedades modernas el tema de si los jueces aportan en sus decisiones criterios personales y valoraciones íntimas es muy controversial. Sobre esto me limitaré a exponer que aquél que piense que la interpretación, tanto legal como constitucional, que realiza el poder judicial debe limitarse a los estrictos parámetros establecidos por el legislador, y más aún, a una interpretación cavernícola, está nadando en “fango cenagoso”. Es bien sabido que la manera en la que cada juez realiza su labor de interpretación debe apegarse al derecho, pero es obligación del juez realizar sus aportes personales al quehacer judicial, pues de lo contrario, en todos los casos sus dictámenes y opiniones carecerían de valor, originalidad y hasta juridicidad.

 
At 2:53 p. m., Anonymous Anónimo said...

La funcion judicial ha evolucionada al compas de las grandes transformaciones y revoluciones que han sacudido a las sociedades occidentales a partir del siglo XVIII. De ser vista como un reducto del absolutismo en la francia revolucionaria, la funcion judicial ha pasado a ser garante (y guardián)de la constitucion y del estado democrático de derecho. Para ello, controla la constitucionalidad de la accion legislativa y la legalidad de la accion administrativa. Asimismo, respecto de la sociedad en general la funcion judicial ha asumido el rol de encausar el accionar público y privado planteando referentes eticos, morales y desde luego, jurídicos. Hoy por hoy podemos decir que la función judicial ha asumido un papel central en el fortalecimiento de la democracia y en la adecuacion de sus instituciones.

 
At 11:56 a. m., Anonymous Anónimo said...

Debido a que la función judicial no es la ismple aplicación de un silogismo aristotélico sino que el juez debe adecuar cada norma al caso concreto, fundamentando y ponderando su decisión nopuede verse amenazada por presiones políticas ni sociales. es por esto, que un EStado de Derecho se fundamenta sobre la independencia del Poder Judicial en aras de proteger la democracia.

 
At 1:16 p. m., Anonymous Anónimo said...

Para fines de diluir el Poder concentrado y autoritario que mantenía la Monarquía Francesa con anterioridad a la Revolución Francesa, el Barón de Montesquieu formuló la teoría de separación de poderes como herramienta indispensable de un gobierno democrático. Así quedaba conformado el Poder Legislativo (representante directo del Pueblo Soberano y encargado de crear las leyes), el Poder Ejecutivo (encargado de ejecutar las Leyes) y el Poder Judicial (encargado de sancionar a todo aquel que infringiera las leyes). Resulta oportuno precisar que producto de la desconfianza que existía hacia los jueces de la época, los Franceses con su revolución no interpretaron la judicatura como un verdadero poder, sino que para ellos existían real y efectivamente dos poderes, el legislativo, el principal poder por fungir como un representante directo del pueblo, y el ejecutivo. Sin embargo, la evolución histórica y social ha reconocido la imperiosa necesidad de que exista un verdadero Poder Judicial independiente como condición para la existencia de un verdadero Estado Democrático. Consecuentemente, los tribunales han pasado de ser meros aplicadores de las leyes, a verdaderos creadores de derecho, asumiendo una función importante en el control del Poder Autoritario del Estado y como protectores de los derechos fundamentales de la persona humana.
Antonio A. Langa A. 96-5196

 
At 2:22 p. m., Anonymous Anónimo said...

2. Me es impensable el hablar de un Poder Judicial sin independencia de decisión. El contar con un Poder Judicial que no se ve obligado a tomar fallos bajo presiones de afrentas políticas debe de ser uno de los pilares de la democracia de cada nación, lo cual es sinónimo de una justa separación de los Poderes del Estado. El juez tiene el deber de velar por la administración de Justicia, la democracia y la Paz de las naciones.

Por lo cual, puedo concluir que el Sistema Judicial Ideal con el cual debe contarse en estos tiempos contemporáneos deberá de ser uno en el cual exista total independencia, fortaleza institucional, un arraigo a los valores éticos y democráticos pero sobretodo uno en el cual los ciudadanos sientan la confianza de acceder a él con la convicción de que sus reclamos serán escuchados.

Altabeira Federo
2000-5520

 
At 6:03 p. m., Anonymous Anónimo said...

LA FUNCION JUDICIAL EN LAS SOCIEDADES DEMOCRATICAS CONTEMPORANEAS.

Francisco Suazo Rosario

Es innegable que la función judicial ha estado determinada por la organización política de la superestructura que es el Estado, por lo tanto cuando se hace un análisis de la función judicial es necesario indicar respecto a que sistema de estructura política se enjuicia, porque dicha función necesariamente va a ser diferente en una sociedad feudal del medioevo, que en una sociedad postrevolucinaria de finales del siglo xix, o diferente en una sociedad Socialista que en una Sociedad Democrática de Derecho Constitucional, es a esta última que nos referimos cuando mencionamos sociedades democráticas contemporáneas.

Surge la necesidad de señalar el transito de las sociedades del Estado de Derecho, a las sociedades del Estado Democrático de Derecho Constitucional característico de las sociedades contemporáneas actuales, en la primera los jueces eran la boca de la ley, es decir a través de ellos hablaba la ley, en la sociedad actual los jueces son más que eso, son actores activos, interprete de la ley, ellos establecen lo que dice la ley, dándole sustanciación e impregnándole un carácter diferente, ayudando con ello a consolidar el Estado Democrático Constitucional de Derecho.

En las sociedades de hoy los jueces juegan un papel pro-activo, determinado por las transformaciones en el mundo de las ideas, el conocimiento y la tecnología de la información, y del mismo sistema judicial, donde el juez ha ido alcanzando un estadio de independencia que le permite garantizar su imparcialidad en las decisiones expresadas en sentencias respectos a las cosas juzgadas.

“Mientras el juez antes era llamado sobre todo a decidir con la mirada vuelta hacia el pasado, hoy se le pide con frecuencia que escoja respecto a las posibilidades, alternativas que explícitamente se le han dejado abiertas. (…) De manera si se quiere obvia allí donde hay una ley hay también un juez que en cualquier momento puede ser investido de la tarea de interpretarla y de aplicarla. (L. H. M.).

Como se desprende de las ideas supra indicadas, el juez es además de actor político, nacido del hecho de que sus decisiones y el procedimiento que utiliza para las mismas son creadoras de políticas públicas. De igual manera es un legislador indirecto, característica que le viene dada por su función de intérprete de la ley.

Este abanico de acción dado a los integrantes de uno de los poderes del Estado, debe producir por necesidad cambios fundamentales en la doctrina de la separación de poderes, planteando una discusión filosófica en cuanto en donde esta el punto de equilibrio en el peso y contrapeso entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y que nosotros dejamos planteado en la siguiente pregunta: ¿De cuales mecanismos de control disponen los demás poderes del Estado frente al Poder Judicial?

 

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